Mayor protección a paciente y médico

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Por Mildred Rivera Marrero / mrivera1@elnuevodia.com endi.com Muchos médicos creen que el rechazo de un paciente a recibir transfusiones de sangre puede representar, no sólo un conflicto ético por interferir con su entrenamiento de salvar vidas, sino la posibilidad de costosas demandas en caso de fallecimiento, según galenos y pacientes entrevistados. Para el paciente, esa presunción no sólo le limita el acceso a recibir atención médica, sino que interfiere con su derecho a la intimidad, a decidir qué tratamientos está dispuesto a recibir. En el caso de los miembros de la iglesia Testigos de Jehová, su rechazo es cuestión de fe, según sus interpretaciones de los textos bíblicos. “Si viene un paciente que es Testigo de Jehová y necesita cirugía yo digo que no, porque si pasa algo después vienen las demandas, aunque esa persona se haya negado a recibir sangre”, dijo un galeno que prefirió no identificarse. Algunos médicos dicen que “no pueden tener las manos amarradas cuando llevan a un paciente a la sala de operaciones”, afirmó el cirujano cardiovascular, Iván González Cancel, quien es el especialista del Centro Cardiovascular y del Caribe que más adeptos de los Testigos de Jehová ha operado. Le ha realizado esa complicada intervención quirúrgica a 110 pacientes. González Cancel comenzó a operar creyentes de los Testigos de Jehová en 1995 porque comprendió que no recibían servicios adecuados. Además, porque “las razones de fe no se pueden decidir con lógica”. Al igual que González Cancel, otros médicos e instituciones han respetado la decisión de los pacientes sobre las transfusiones de sangre. En Puerto Rico existe la doctrina del consentimiento informado, en la que se reconoce el derecho de todo paciente de tomar decisiones sobre la intervención médica a la que se someterá. Sin embargo, no existía una expresión del más alto foro judicial. El caso Luz E. Lozada Tirado v. Roberto Tirado Flecha y la Congregación Testigos de Jehová, resuelto el 27 de enero pasado, no deja dudas del estado de derecho vigente. La determinación sostiene que “el rechazo a tratamiento médico como parte de una objeción de consciencia o por motivos religiosos debe ser respetado en toda persona que goce de sano juicio”. Esa decisión debería propiciar que más médicos acepten esos pacientes, anticipó González Cancel. “Esta determinación facilita que la comunidad médica esté más receptiva a esa decisión del paciente. Elimina el temor del galeno de que puede ser demandado. Tenemos que entender que el paciente tiene derechos y tiene derecho a rehusar tratamiento”, declaró el cirujano. El ex presidente del Colegio de Abogados, Julio Fontanet, coincidió al señalar que “si algo bueno tiene la decisión es que releva de responsabilidad a los médicos cuando el paciente decide, de manera ilustrada, no recibir algún tipo de tratamiento. Bajo el estado de derecho que existía antes, el médico estaba a expensas y podía decir: 'hasta que esto no esté claro no te puedo atender'. Ahora está claro. Si el estado de derecho dice que la persona puede rechazar tratamiento, no tiene implicaciones éticas ninguna”. De acuerdo con el profesor de bioética de la Universidad de Puerto Rico, recinto de Mayagüez, Jorge J. Ferrer, el derecho del paciente a rechazar tratamiento “es un principio sólidamente establecido, tanto en la bioética como en el bioderecho”. A pesar de eso, el presidente del Colegio de Médicos, Eduardo Ibarra, dijo que el médico tiene derecho a denegar la atención al paciente si tiene un conflicto ético, como ha ocurrido en el caso de los abortos. Por esa diversidad de opiniones “el efecto de esta decisión está por verse”, señaló el portavoz de la iglesia Testigos de Jehová, Reinaldo Candelaria. “Como toda decisión importante del foro judicial más alto, siempre hay un periodo de prueba. Los médicos deben sentirse más seguros de que el respeto que demuestran a la decisión del paciente ahora tiene el aval de los tribunales”, sostuvo. Candelaria afirmó que mientras más sabe el médico de las técnicas existentes para reducir la pérdida de sangre, más tranquilo está con atender a estos pacientes. La decisión del Tribunal Supremo, sin embargo, deja intacta la práctica cuando se trata de menores. Si un menor requiere transfusión de sangre y él o sus padres se oponen, el médico puede acudir al Tribunal para que se ordene dicho tratamiento. El director médico del Centro Cardiovascular, José Novoa, opinó que “eso es otro cantar porque el Estado tiene que proteger al niño. Hemos tenido que ir al Tribunal donde hemos puesto la vida del infante primero y nos han ordenado que se proceda a dar lo que sea necesario”. Candelaria indica que en casos que han involucrado a un menor que tiene más de 16 años, algunos jueces han decidido escuchar la opinión del joven.